Modelo 790 codigo 015 guardia civil

Código Civil guineano de 1983
Las partes deben cooperar, en particular informándose mutuamente en todo momento de los hechos y elementos susceptibles de favorecer un debate equitativo y velando por la conservación de las pruebas pertinentes.
En particular, deben, en el momento previsto por el Código o el protocolo del procedimiento, informarse mutuamente de los hechos en los que basan sus pretensiones y de las pruebas que se proponen aportar.
En la aplicación del Código, debe darse preferencia a la utilización de cualquier medio tecnológico adecuado que esté a disposición tanto de las partes como del tribunal, teniendo en cuenta, para este último, el entorno tecnológico que soporta la actividad de los tribunales.
Cuando la demanda se refiera a un contrato de trabajo o de consumo, el tribunal competente será el del domicilio o residencia del trabajador o consumidor, sean demandantes o demandados.
Cuando la demanda se refiera a un contrato de seguro, el tribunal competente será el del domicilio o residencia del asegurado, sea éste demandante o demandado, o, en su caso, del beneficiario del contrato. En caso de seguro de bienes, también será competente el tribunal del lugar del siniestro.
Nuevo Código Civil guineano
2° tres miembros elegidos, a propuesta del Ministro responsable de la Política para las Personas Discapacitadas, por sus competencias, en particular científicas, en el ámbito de la integración de las personas discapacitadas
4° cuatro representantes de los gestores de residencias, residencias asistidas y centros de día y de sus directores elegidos a partir de listas dobles presentadas por las organizaciones representativas de los gestores o directores de residencias, repartidos a partes iguales entre los diferentes sectores.
La administración y la AWIPH transmiten, a más tardar el 30 de abril, a la secretaría del Consejo Valón de Acción Social y Salud, a los Comités Permanentes y al Comité Consultivo de Recursos, los informes relativos a las reclamaciones del año civil anterior.
En todo grupo del que se haga cargo un servicio de integración social, el número de personas que no sean beneficiarias en el sentido del artículo 49 del Decreto-Ley no podrá superar el veinte por ciento.
Curso de Derecho civil guineano
También deberá respetar, en este ejercicio, los principios de honor, lealtad, igualdad* y no discriminación*, desinterés, confraternidad, delicadeza, moderación y cortesía.
A tal efecto, el abogado está obligado a establecer, en el seno de su bufete, un procedimiento que le permita evaluar, a lo largo de su relación con el cliente, la naturaleza y el alcance del negocio jurídico para el que se solicita su asistencia.
Cuando un abogado tenga motivos para sospechar que un negocio jurídico podría tener por objeto o resultado la comisión de un delito, deberá esforzarse inmediatamente por disuadir a su cliente. Si no lo consigue, deberá retirarse del caso.
El abogado no podrá, sin autorización especial y por escrito de su cliente, comprometerse en nombre y por cuenta de éste o vincularle irrevocablemente mediante una propuesta o una oferta de contrato.
Se considerará redactor al abogado que, solo o en colaboración con otro profesional, redacte un acto jurídico por cuenta de una o varias partes, asistido o no por un abogado, y que obtenga su firma en dicho acto.
Artículo 193 del Código Civil guineano
- No existirá más la nobleza, ni el parentesco, ni las distinciones hereditarias, ni las distinciones de órdenes, ni el sistema feudal, ni la justicia patrimonial, ni ninguno de los títulos, denominaciones y prerrogativas derivados de ellos, ni ninguna orden de caballería, ni ninguna de las corporaciones o condecoraciones, para las que se exigía prueba de nobleza, o que presuponían distinciones de nacimiento, ni ninguna otra superioridad, salvo la de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.
Se creará y organizará un establecimiento general de Socorros Públicos, para criar a los niños abandonados, aliviar a los pobres enfermos y proporcionar trabajo a los pobres sanos que no pudieran obtenerlo.
Artículo 8. - Los ciudadanos franceses considerados en función de las relaciones locales que nacen de sus reuniones en las ciudades y en ciertos distritos del campo, forman las Comunas. - El Poder Legislativo podrá determinar la extensión del distrito de cada comuna.
