Modelo carta despido improcedente sin preaviso

Modelo de carta para impugnar un despido
Una vez transcurrido este plazo, la mujer embarazada ya no puede solicitar que se declare nulo el despido, pero debe poder emprender acciones legales por despido improcedente de acuerdo con las formas y plazos legales.
Durante los 3 meses siguientes a la fecha de notificación, el delegado conserva su salario, así como las indemnizaciones y demás prestaciones a las que habría tenido derecho si el contrato hubiera continuado. Estos sueldos, asignaciones y otras prestaciones serán adquiridos definitivamente por el delegado.
En la apreciación de los hechos o faltas derivados de la conducta profesional del trabajador, los jueces tendrán en cuenta su grado de formación, sus antecedentes profesionales, su situación social y todos los elementos que puedan influir en la responsabilidad del trabajador y en las consecuencias del despido.
Se entiende por representantes de los trabajadores los representantes del personal. Además, en el caso de las empresas vinculadas por un convenio colectivo de trabajo, se incluirá en las negociaciones a representantes de las organizaciones sindicales firmantes de dicho convenio.
¿Cómo impugnar un despido sin causa real y grave?
Llevar un caso ante el Tribunal Laboral
Si el trabajador considera que su despido es improcedente, dispone de un año para impugnarlo ante el Conseil de prud'hommes. El plazo empieza a contar a partir de la fecha de recepción de la carta de despido. A continuación, es obligatoria una fase de conciliación.
¿Cómo impugnar un despido por causa real y grave?
El trabajador que desee impugnar el motivo de su despido puede recurrir al tribunal laboral. El juez puede condenar al empresario a pagar sanciones por despido improcedente o anular el despido.
¿De cuánto tiempo dispone el empresario para enviar la notificación de despido por falta?
El plazo para enviar la carta de despido se fija en un máximo de un mes después de la fecha de la entrevista preliminar.
Carta a la inspección de trabajo por despido improcedente
El despido improcedente (sin causa real y grave o injustificado) es, por tanto, distinto del despido nulo (para el que la ley prevé los supuestos de nulidad) o irregular (para el que no se ha respetado el procedimiento).
El empresario tiene derecho a despedir a un trabajador en virtud de su poder de dirección. Por otra parte, el trabajador tiene derecho a impugnar el despido y a emprender acciones legales para obtener una indemnización.
Si el trabajador desea impugnar su despido, recurrirá al Conseil des prud'hommes para obtener una indemnización que variará en función de su antigüedad, el tamaño de la empresa y el perjuicio sufrido. En algunos casos, el trabajador también puede reincorporarse a la empresa si ambas partes están de acuerdo (sólo en empresas con más de 11 trabajadores y cuando el trabajador tiene más de dos años de antigüedad).
Un empresario que desee despedir a uno de sus empleados por uno de estos motivos tendrá que reunir elementos objetivos para construir un caso sólido que demuestre que la causa del despido es real y grave y se ajusta a uno de los motivos mencionados.
Carta de despido sin preaviso
En esta situación, el trabajador, si considera que su despido no está justificado por una causa real y grave, puede acudir al tribunal laboral para solicitar, entre otras cosas, la nulidad del despido.
El despido disciplinario se produce cuando el trabajador ha cometido una falta y ello justifica el despido. Por el contrario, se habla de despido por motivos personales si el trabajador no ha cometido ninguna falta. Es el caso del despido por ineptitud o inadecuación profesional.
Carta de despido improcedente
La nulidad del despido (o la anulación del despido) es pronunciada por el juez cuando el despido es ilegal (los casos de nulidad están previstos por la ley, principalmente el Código de Trabajo) o ilegal si se vulnera una libertad fundamental.
Una reciente sentencia hace incompatibles un preaviso de cese recalificado como despido nulo y la readmisión solicitada por el trabajador (Cass. soc. 29 mayo 2013, n° 12-15974); el preaviso de cese parece irrevocable.
Esta reincorporación, raramente solicitada por el juez, es excepcionalmente aceptada por ambas partes (empresario y trabajador). En efecto (el despido sin causa real o grave no es nulo), esta readmisión presupone el acuerdo de todas las partes. El juez no puede ordenarla ni imponerla (Cass. soc. 6 mayo 1982, n° 81-12007)