Modelo de documento de renuncia

Reglamento de exención de los acuerdos horizontales
La doble distribución ha surgido con la digitalización del mercado, ya que a los fabricantes y proveedores les resulta mucho más fácil llegar directamente al cliente final a través de sus propias tiendas o mercados en línea (como amazon.com o bol.com).
La Comisión Europea también es consciente de que la doble distribución es cada vez más habitual y de que la venta directa por parte de los proveedores a través de sus propias tiendas en línea o marketplaces es una realidad.
Sin embargo, a la Comisión le preocupa que proveedores y distribuidores (que en principio compiten por sus clientes finales) puedan intercambiar información comercial sensible, como datos sobre precios, promociones o clientes, y coordinar así, por ejemplo, sus precios.
Sin embargo, las investigaciones y evaluaciones de la Comisión Europea han demostrado que el uso de cláusulas de NMF está aumentando en todos los sectores, y desde luego en las plataformas en línea (por ejemplo, booking.com).
Exención Reglamento 330/2010
Según el contenido de sus disposiciones, este tipo de acuerdos puede infringir lo dispuesto en el artículo 101, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ("TFUE"), que prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia.
Las restricciones a las ventas activas consisten en la limitación de los procesos utilizados por un distribuidor para dirigirse activamente a los clientes (por ejemplo, mediante visitas, cartas, correos electrónicos, llamadas o a través de publicidad y promociones específicas, fuera de línea o en línea).
Además, el REC incluye nuevas disposiciones sobre las plataformas en línea que resultarán instructivas para sus operadores, lo que demuestra el reconocimiento por parte de la Comisión del crecimiento del comercio en línea:
Qué acuerdos no están sujetos actualmente a un reglamento de exención
Muchos de los cambios introducidos por la Comisión tienen específicamente en cuenta el desarrollo de la economía digital, como la exclusión de las plataformas híbridas del beneficio de la exención (1.), las obligaciones de paridad (2.), la consagración de la jurisprudencia europea sobre la prohibición de las ventas en línea (3.) y la flexibilización de las restricciones a las ventas en línea (4.).
Las Directrices aclaran que los acuerdos resultantes de la prestación de servicios de intermediación en línea deben evaluarse con arreglo al artículo 101 del TFUE[8]. Tales acuerdos no restringen necesariamente la competencia en el sentido del artículo 101, apartado 1, del TFUE o pueden beneficiarse de una exención individual en virtud del artículo 101, apartado 3, del TFUE.
Exención individual y colectiva
Los acuerdos anticompetitivos están prohibidos por el Código de Comercio. Desde la ley de 2001 sobre nuevas regulaciones económicas, también están prohibidas las prácticas de cártel realizadas "a través de la intermediación directa o indirecta de una empresa del grupo situada fuera de Francia".
Esta noción de propósito anticompetitivo existe en la mayoría de las leyes de competencia. Es esencial preservar el juego competitivo de los mercados. De hecho, no basta con sancionar sólo a los cárteles que triunfan, cuando se puede actuar de forma preventiva.
Sin embargo, estas disposiciones no son aplicables a los acuerdos que impliquen restricciones injustificables de la competencia: fijación conjunta de precios, restricción de ventas o entregas no solicitadas entre distribuidores pertenecientes a una red de distribución selectiva.