Modelo contrato privado de deslinde

Delimitación y demarcación de fronteras
El 6 de febrero de 2017, el Presidente de la Sala Especial celebró consultas con los representantes de las Partes para conocer sus opiniones sobre las audiencias. Durante las consultas, el Presidente de la Sala Especial les remitió la cuestión mencionada.
Ghana señala que "la Sala Especial es competente para pronunciarse sobre las pretensiones de Ghana basadas en los artículos 15, 74, 76 y 83 de la Convención, que rigen la delimitación del mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental".
La Sala Especial reafirma su decisión de utilizar el mapa BA 1383 (véase el párrafo 343). Habiendo examinado los puntos base propuestos por las Partes sobre la base de este mapa, la Sala Especial concluye que, por diversas razones, los puntos base propuestos por las Partes no son apropiados.
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Este artículo comienza con una revisión de la literatura sobre disputas fronterizas; trata de nuestra forma de aprehender las disputas fronterizas en sus diferentes formas, desde las perspectivas de nuestra comprensión pasada y actual de lo que es la guerra. La tesis que aquí se presenta es que el reciente enfoque sistemático de lo que es la guerra conduce a una definición más precisa de los conflictos fronterizos y, en particular, de los conflictos territoriales como principal causa de guerra en la historia moderna.
Doy las gracias a Benjamin Perrier, que ha leído mi texto varias veces, y por su trabajo de ayuda a la investigación, en particular por las citas y las notas de fin de página, y por su atenta lectura del francés. Je remercie également Amael Cattaruzza et Anne Laure Amilhat Szary pour leurs relectures et commentaires détaillées.
KLEIN, N., citado en DAVENPORT, T., 2014, The Dispute Settlement System of the United Nations Convention on the Law of the Sea: Una evaluación después de 20 años. Sociedad americana de derecho internacional. Blogs internacionales sobre el cable. Consultado en abril de 2014. http://www.asil.org/blogs/dispute-settlement-system-united-nations-convention-law-sea-assessment-after-20-years
Protocolo de delimitación y demarcación
4 Teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Expertos y una propuesta inicialmente formulada por el Sr. Pal y reformulada por el Relator, éste sugirió la inclusión en el Proyecto de un artículo del siguiente tenor literal
9 Fue en 1956 cuando se dio forma definitiva al artículo 7, que se convirtió en el artículo 72 del proyecto de Convención, que sería el mismo que el artículo 6 de la Convención de 1958 sobre la plataforma continental. La disposición en cuestión tenía la siguiente redacción:
"la idea de que uno de estos rasgos marcaría una ruptura o ruptura de continuidad tal que constituiría incuestionablemente el límite de dos plataformas continentales o extensiones naturales distintas "416.
251 De todas estas propuestas, que figuraban en la disposición 243 del documento Tendencias Principales475 , sólo se mantuvo una disposición en el Texto Único de Negociación476 (1975) y en los Textos de Negociación posteriores, que dice lo siguiente
"La delimitación de la plataforma continental entre Estados limítrofes o situados frente a frente se efectuará mediante acuerdo entre ellos, de conformidad con principios equitativos, utilizando, cuando proceda, la línea mediana o la línea de equidistancia y teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes".
Tipos de fronteras
Además, aunque es posible que las partes en contratos internacionales elijan la ley aplicable, esta elección debe ser teóricamente la ley de un Estado. El Convenio de Roma, a falta de elección por las partes, prevé la designación de la ley de un Estado, en este caso el más estrechamente vinculado al contrato.
* Contratos de trabajo para los que la ley aplicable es la del lugar donde se realiza habitualmente el trabajo, por lo que un desplazamiento temporal no tiene efectos sobre la ley del contrato. Si el trabajo se realiza en varios países, se tiene en cuenta el lugar de empleo o el que tenga una relación más estrecha con el contrato.
Según el Convenio de Roma, la ley del contrato es competente para regular las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones contractuales. Determinará las posibilidades de ejecución forzosa, en especie o equivalente y concretará el régimen de responsabilidad contractual
