Amparo constitucional
Además, la utilización de esta forma de incriminación preventiva tiene al menos otras dos consecuencias: en primer lugar, permite sancionar el incumplimiento de medidas administrativas restrictivas de libertades fundamentales como la libertad de circulación o la libertad de reunión en estado de excepción o fuera de dicho contexto.
Además, por las razones antes mencionadas y como ha destacado un autor,[114] este menoscabo del Derecho penal tradicional está perfectamente aceptado por el legislador y justificado por el contexto terrorista. La multiplicación de las infracciones preventivas en este ámbito es una de las ilustraciones emblemáticas de un “derecho penal de la peligrosidad” que es “un derecho penal carcomido por dentro”[115].
[4] Sobre este punto, véase J.-P. Marguenaud, “La qualification pénale des actes de terrorisme”, RSC 1990, p.1 y ss. y J. Pradel, “Les infractions de terrorisme, un nouvel exemple d’éclatement du droit pénal”, D. 1987, Chron, p.39 y ss.
Amparo España
24El Derecho europeo no ha reconocido la obligación internacional de establecer un procedimiento de amparo para la protección de los derechos humanos, ni en el marco del Consejo de Europa ni en el de la Unión Europea (UE).
38 Esto significa que el RAC sólo puede ser invocado para los derechos constitucionales expresamente mencionados en estas disposiciones; no puede ser introducido para la protección de otros derechos contemplados en otras disposiciones de la Constitución, en tratados internacionales o en leyes internas.
49 La finalidad del amparo constitucional se desprende claramente del texto de la ley, pero la jurisprudencia constitucional le ha dado desde hace tiempo una interpretación “creativa” (incluso ilegal). En términos generales, el objeto del recurso de amparo es la
1 Véase O. Pfersmann, “Esquisse d’une théorie des droits fondamentaux en tant qu’objets juridiques”, en Droit des libertés fondamentales, L. Favoreu et al. (eds.), 6ª edn, París, Dalloz, 2012, pp. 63 y ss (espec. p. 75).
Recours d’amparo définition
Les caractéristiques suivantes sont énoncées dans le code de procédure pénale : (a) préminence de la fonction d’accusation dans la procédure pénale, qui s’exerce conformément aux principes énoncés dans la Constitution de la République et les instruments internationaux auxquels le Honduras est partie ou dans le Code de procédure pénale ; (b) principe de contradiction, qui garantit le droit des parties de présenter en tout état de cause les éléments de preuve dont elles disposent.
5. Le Comité note avec satisfaction les réformes législatives entreprises par l’État partie pour mettre sa législation en conformité avec les dispositions du Pacte, en particulier l’adoption du nouveau Code pénal (1997), du nouveau Code de procédure pénale (1997), du nouveau Code de procédure pénale (1997), du nouveau Code de procédure pénale (1997) et du nouveau Code de procédure pénale (1997).
9. Dans sa résolution 2/1, la Conférence des États parties a réaffirmé les caractéristiques du mécanisme d’examen décrit dans sa résolution 1/1. En outre, elle a décidé que tout mécanisme de ce type devrait : aider les États parties à appliquer effectivement la Convention ; tenir compte du principe de la répartition géographique équitable ; éviter les confrontations et les sanctions et promouvoir l’adhésion universelle à la Convention ; fonder ses travaux sur des lignes directrices clairement établies pour la collecte, la production et la diffusion de l’information ; identifier les défis et les bonnes pratiques ; être de nature technique et promouvoir une collaboration constructive. daccess-ods.un.org
Traducción de Amparo
29 El artículo 2 de la Ley, que define la competencia, establece que la Sala podrá aplicar no sólo los derechos consagrados en la Constitución, sino también “los derechos reconocidos por el derecho internacional vigente en Costa Rica”.
32 Con el fin de garantizar el ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución, el artículo 48 de la Constitución establece que cualquier persona puede solicitar el hábeas corpus o el amparo para recuperar los derechos consagrados en la Constitución y los derechos fundamentales establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables en la República.
En el año 2004, el 11,9% de los recursos que conoció la Sala Constitucional fueron recursos de hábeas corpus, el 2,5% fueron acciones de inconstitucionalidad, el 85,2% fueron recursos de amparo y el 0,4% fueron otro tipo de recursos.
El recurso de amparo también permite proteger los derechos humanos reconocidos por el derecho internacional vigente en Costa Rica. Esta es una innovación importante porque algunos derechos fundamentales consagrados en tratados internacionales no están expresamente reconocidos por la Constitución, por ejemplo el derecho de rectificación y el derecho de réplica.